¿A falta de testamento cual es el orden de la herencia?
1º) Cuando el fallecido (testador) tiene hijos, lo heredan todo por partes iguales
2º) Si no hay hijos, las ascendientes, es decir el padre y/o la madre del fallecido.
3º) Cuando no haya ni hijos, ni ascedientes (bisabuelos, abuelos, padres) lo hereda todo el cónyuge.
4º) A falta de los anteriores heredarían los hermanos y los hijos de estos que son los sobrios del difunt@
5º) Si aún así no tenemos a nadie le tocaría la herencia a los tíos y primos. Si el muerto no deja tras de sí ninguno de los parientes hasta ahora citados, herendan los demás parientes colaterales hasta el cuarto grado: primero, los tíos carnales (los hermanos de los padres) y, a falta de los anteriores, los primos hermanos (los hijos de los tíos carnales), los sobrinos nietos y los tíos abuelos.
6º) Cuando no queda ninguno de los anteriores hereda todo el Estado.