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Modelo 720

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     ¿Qué es el modelo 720?

El modelo tributario 720 es una declaración informativa para la Agencia Tributaria Española donde se plasma la obligación de declarar cuando un contribuyente tiene bienes y derechos situados fuera de España (en el extranjero) Esta declaración se tiene que presentar a principios de cada año.

Los valores a declarar pueden ser bienes inmuebles, cuentas bancarias, acciones y cualquier derecho o bien similar a los citados. Para calcular el valor del bien se toma como fecha el 31 de diciembre, es decir, el cierre del año. Sin embargo, en el caso de las cuentas bancarias y los depósitos, también se puede tener en cuenta el saldo medio durante los últimos tres meses del año.

Hay que recordar que hace unos años, fue el Gobierno de España  quién aprobó la llamada declaración de bienes y derechos situados en el extranjero, y que se realiza a través del Modelo 720. En este sentido, están obligados a declarar cuando el saldo del conjunto de las cuentas en Suiza o bien el saldo medio en el último trimestre del año excedan los 50.000 euros, con independencia del cuantos  titulares haya en la cuenta.

Además, se debe volver a presentar el modelo 720 en el mismo ejercicio cuando se produzca una variación de 20.000 euros en el conjunto de las cuentas que hayan generado la obligación de declarar.

      ¿Quien tiene la obligación del declarar el modelo 720?

El modelo 720 es una obligación de todo ciudadano cuando el valor a declarar supere los 50.000,  de no hacerlo el contribuyente se enfrenta a multas de hasta 150% (IRPF) del valor de los no declarado.Está es una obligación de los ciudadanos desde el año 2013.   Como decía, es una declaración informativa sobre valores rentas situadas en entidades financieras extranjeras, capital, inmuebles, etc. Es obligatorio presentarlo a través de Internet para ello se requiere una firma electrónica y es importante tener el adecuado asesoramiento ya que no siempre se acierta con lo que hay que declarar, si hay que declarar, o incluso el plazo para declarar…

La declaración hay que hacerla entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente es decir ahora que estamos a principios del año,  debéis saber que tenéis hasta el 31 de marzo de este año para hacer la declaración correspondiente al año anterior. Es decir, a los bienes y derechos por más de 50000 € que pudisteis tener en el extranjero durante el 2018.  Es fundamental también, tener en cuenta que el contribuyente no solo puede enfrentar sanciones desde el punto de vista tributario, sino incluso penas de prisión ya que podríamos estar ante un delito fiscal. Hay que recordar que para que existo delito fiscal la cuota defraudada tiene que superar los 120.000 €

modelo 720

Photo by rawpixel on Unsplash

     Situación del modelo 720 En Europa

No mucha gente sabe que el modelo 720 está causando conflicto en la comunidad Europea, ya que hay una denuncia sobre el tratamiento discriminatorio que se está produciendo, como consecuencia de la redacción  de la normativa española y obligación a la que se somete a los ciudadanos.  Los denunciantes manifiestan que se está vulnerando la LIbre Circulación de capitales  porque las multas son desproporcionadas ya que esto está disuadiendo a las empresas y particulares a que inviertan y vayan a otros países de la Unión Europea por el efecto de las multas tan exageradas que se imponen en relación a la interpretación de la norma por la Hacienda Española.

La libre circulación de personas y empresas es la más amplia de las libertades consagradas en la Unión Europea, ya que se permite una libre circulación de capitales entre los Estados miembros y terceros países, lo que se está vulnerando por la forma en que España está actuando respecto a este modelo, así que lo que ha hecho la  Comisión Europea es dar a  España tiempo para que regularize esta situación aunque parece que todavía no se ha hecho nada.

A  los profesionales les interesa saber lo que dice el artículo 22. 1. c de la nueva ley 39/2015 ya que es posible suspender un procedimiento cuando exista otro relacionado con el ámbito de la Unión Europea y que condiciona directamente el contenido de la resolución,  que es lo que se está produciendo con esta historia del modelo 720 a nivel europeo.

 

     Responsabilidad Patrimonial del Estado por incumplimiento del modelo 720

El Derecho de la Unión Europea tiene que ser cumplido por los Estados. No puede haber una irrazonable y arbitraria forma de aplicarlo por cada uno de los Estados ya que  se vulnera la tutela judicial efectiva; así lo ha reconocido sentencias como la del 5 de noviembre del del 2015 sentencia número 232/2015, que obliga a que a los tribunales ordinarios al estudiar una norma nacional que sea incompatible  con la normativa europea tienen que aplicar.

Este hecho puede dar lugar a que haya una responsabilidad patrimonial del Estado cuando se produzca una violación por parte de España en este caso esto viene regulado en los artículos 32 y siguientes de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del sector público.  Sin embargo el particular, dentro del proceso tiene que acreditar y cumplir unos requisitos para que se entienda vulnerado el derecho de la Unión Europea. Tiene que tener una sentencia firme desestimatoria respecto de un recurso que justifique la actuación administrativa que ocasiona el daño. Os dejo la ultimas noticias de este tema «Bruselas garantizará que España indemnice a los afectados«

 

          Modelo 720 y criptomonedas

Recientemente, el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que iniciará ahora su trámite parlamentario. En virtud del mismo se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, en su artículo 11.22, incorpora de forma expresa la obligación de declarar las criptomonedas en el modelo 720 “Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero».


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Written by Antonio Gatell

Abogado con más de 20 años de profesión y apasionado en las nuevas tecnologías, disfrutando de mi actividad principal, para desarrollarla también en entorno digitales, gracias un camino que emprendí ya hace bastantes años en todo lo relacionado con Internet y la comunicación, donde la curiosidad y el auto aprendizaje me han llevado por caminos que acaban convergiendo en un punto...

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