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Conflictos de pareja

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      Como resolver los conflictos de pareja

Me inspira a escribir este artículo una herramienta que he conocido para superar todo tipo de conflicto. Se trata de conflictmapp y que pertenece a la empresa LegalTech.

Los que hemos llevado algún que otro proceso matrimonial hemos aprendido que el conflicto emocional subyacente que existe en la pareja es fundamental para poder arreglar el problema. Siento decir que las emociones son tan fuertes que en algunos casos no hay razón suficiente que las pueda arreglar acabando desgraciadamente  en los Juzgados,  a donde nunca debieron llegar; pero cuyo último recurso se convierte en necesario para arreglar la vida familiar, sobre todo cuando hay hijos de por medio, por los que se está obligado -quieran o no- a mantener un hilo conductor. Creo sinceramente que detrás de todo esto –la falta de compresión– tiene que haber un componente neuronal o emocional de tal calado, que se hace muy difícil poner en su sitio aquellas parejas rotas,  pareciendo no tener vuelta atrás el entrar de nuevo en el ciclo de la comprensión.

Poco a poco, aunque al parecer la mente humana es un gran desconocido, los especialistas van desentrañando por qué pensamos como pensamos, pero de lo que cada vez va quedando menos dudas,  es que la emoción es más fuerte que la razón y que provoca un tipo de enganche psicológico que es difícil superar, pero que si o si, hay que enfrentarlo por el bien de todos…

conflictos de pareja

     Razones por las que hay que superar los conflictos de pareja

Según mi experiencia profesional he observado una cosa, que las personas con conflicto de pareja  son muy desgracias, por lo que se me ocurre una razón principalDejar de ser infelices.  No es lo mismo dejar de ser infeliz que ser feliz, ya que en el primer caso estás en un constante sufrimiento por la carga emocional, mientras que el segundo es un estado al que todos aspiramos aunque solo sea en momentos puntuales…  ?

Todo lo demás no importa ya que la tranquilidad mental que te proporcionará merecerá la pena; si no, el camino que espera a quien esté así es el de una incomodidad mental/emocional  que sólo lleva al odio y la frustración, que se acabará expandiendo y trasmitiendo a los seres queridos. Claro que no se puede ceder a cualquier precio, pero hay que entender que lo que nos jugamos es lo primero (bienestar emocional=felicidad), no lo segundo (dinero, comodidad, etc). Otra cosa es en las familias en las que el acuerdo ataca a cuestiones de supervivencia, entonces es aún mas duro, ya que cómo ceder si no tienes un lugar donde vivir, o si no puedes llegar a pagar la luz, el agua, la hipoteca, etc. En este caso, la tranquilidad mental y la necesidad de supervivencia chocan la una contra con la otra haciendo aún más difícil el acuerdo. Aún en este aspecto, no se puede aguantar a cualquier precio, ya que más tarde o más temprano la cosa explotará de alguna manera. Sólo tenemos que ver las noticias para saber el resultado…   🙁

Yo creo que en esta vida hay cosas más importante que el dinero cuando el dinero pasa a un segundo plano. También pienso que después de la salud y las cuestiones emocionales (ejemplo perdida de un ser querido), el dinero es lo más importante; pero este se debería convertir en importante siempre y cuando sea fundamental para la subsistencia y no por si mismo. La busqueda de la felicidad  no está en el dinero salvo por los detalles comentados.   🙂

conflicto de pareja

      ¿Se soluciona el conflicto con el divorcio?

Con una separación amistosa   las consecuencias negativas del conflicto disminuyen, pero no desaparecen por lo que antes comentaba del anclaje negativo emocional. Sin embargo, muchas veces el divorcio no es más que un paso atrás en la beligerancia en la pareja que siguen empeñada en joder al otro. En esos casos, sin lugar a dudas no es la solución, ya que la empatía y la compasión no existen sino un odio ciego que los turba.

En todo caso si se llega a ese extremo es muy importante llegar a una separación amistosa por medio de expertos en mediación.

Según estadísticas no aprendemos la lección, los que se divorcian y se casan de nuevo se vuelven a divorciar con más probabilidad que los que se casan por primera vez.

    Proceso judicial: cuando el conflicto matrimonial es inevitable

Una vez que aparecen los abogados en escena, nosotros aconsejamos siempre un último intento, ya que como dice el dicho:

Más vale un mal acuerdo que un buen pleito

Hay 3 tipos de procesos por los que se puede llegar a un acuerdo:

a)  Jurisdicción Voluntaria. La La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria establece una serie de facultades en los procesos de familia en favor de los Notarios. Entre esos actos de jurisdicción voluntaria la ley abarca el expediente previo a la celebración de matrimonio civil y la celebración del matrimonio mismo y, además, la separación y el divorcio de mutuo acuerdo cuando no existan hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores.

b) Proceso de mutuo acuerdo ante el Juzgado.

En el Art. 777 ,LECiv  es donde se regula este procedimiento por el cual ambos cónyuges (o uno con el consentimiento del otro) presentan petición de separación o divorcio de mutuo acuerdo. Al escrito por el que se promueva el procedimiento deberá acompañarse la certificación de la inscripción del matrimonio y, en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil, así como la propuesta de convenio regulador conforme a lo establecido en la legislación civil y el documento o documentos en que el cónyuge o cónyuges funden su derecho, incluyendo, en su caso, el acuerdo final alcanzado en el procedimiento de mediación familiar.

c) Proceso contencioso (sin acuerdo) ante el Juzgado.

Este proceso se regula en el art.  770  de la LEC por el que sustanciarán por los trámites del juicio verbal con las siguientes condiciones:

1ª.-  A la demanda deberá se le incluye la certificación de la inscripción del matrimonio y, en si hay hijos, las de inscripción de nacimiento de los mismos en el Registro Civil, así como otro documento cualquiera para justificar su derecho. Si se piden  medidas de carácter económico, el demandante deberá aportar los documentos de que disponga que permitan conocer la situación económica de los cónyuges (nóminas, declaraciones tributarias,, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales).

2ª.- Una vez presentada la demanda, se le dará traslado al demandado para que la conteste por escrito, si a su derecho conviniera, en un plazo de 20 días hábiles.

 

 

 


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Written by Antonio Gatell

Abogado con más de 20 años de profesión y apasionado en las nuevas tecnologías, disfrutando de mi actividad principal, para desarrollarla también en entorno digitales, gracias un camino que emprendí ya hace bastantes años en todo lo relacionado con Internet y la comunicación, donde la curiosidad y el auto aprendizaje me han llevado por caminos que acaban convergiendo en un punto...

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